//Circular 13/DGA/2020 SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y PLAZOS INHERENTES A PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, TRÁMITES Y FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES

CIRCULARES A ASOCIADOS 2020


(13/DGA/2020) SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y PLAZOS INHERENTES A PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, TRÁMITES Y FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES

20 de Marzo de 2020

Circular No. 13/DGA/2020
Contenido: SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y PLAZOS INHERENTES A PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, TRÁMITES Y FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES

Anexo: Publicación en la Gaceta Oficial de la CDMX

Estimados Asociados:

El día de hoy salió publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se suspenden los términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos y trámites y se otorgan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, para prevenir la propagación del COVID-19, mismo que entrará en vigor el 23 de marzo del presente año, en donde se establece lo siguiente

Se suspenden los términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que desarrollan ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la CDMX, incluidos los de naturaleza fiscal.

IMPORTANTE: No deberán contarse como hábiles los días referidos entre el 23 de marzo y el 19 de abril del 2020.

Cualquier actuación, promoción o solicitud que en su caso sea realizada ante la Administración Pública de la Ciudad de México o en las Alcaldías, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, surtirá efectos hasta el día 20 de abril del presente ejercicio fiscal.

En el caso del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuyo vencimiento para la obtención del subsidio es el 31 de marzo de 2020, se otorga una ampliación para la obtención de la condonación respectiva hasta el 30 de abril del mismo año.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, 141 o directamente con:

Lic. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata Mitzunaga jmatam@amda.mx

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2020-03-20T15:31:59+00:00