//Circular 45/DG/2025 APLICACIÓN DE LA RESTRICCIÓN DE USO DE EFECTIVO.

CIRCULARES A ASOCIADOS 2025


(45/DG/2025) APLICACIÓN DE LA RESTRICCIÓN DE USO DE EFECTIVO.

Circular No. 45/DG/2025
Contenido: APLICACIÓN DE LA RESTRICCIÓN DE USO DE EFECTIVO.

Estimados Asociados:

Derivado de la reforma a la LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA y tal como se informó en la Circular (34/DG/2025), es importante recordar lo que se establece respecto a la restricción en el uso de efectivo:

“Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, aun cuando la liquidación o el pago se realice en efectivo por conducto de una Entidad Financiera, en los supuestos siguientes:

(Énfasis añadido)


II. Transmisiones de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el valor diario de la UMA, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;”

La siguiente imagen sirve de ejemplo:

Lo anterior tiene su fundamento en el criterio emitido por la Unidad de Inteligencia Financiera a la AMDA en el oficio de fecha 1 de noviembre del 2013 con número: 110.-A.-589/2013

Con el objetivo de facilitar la aplicación de esta disposición, AMDA invita a sus asociados a utilizar las calculadoras de cumplimiento que pone a su disposición, a fin de determinar los montos máximos permitidos conforme al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142 y 143, o directamente con:

Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Mariana Ordoñez Aparicio mordoneza@amda.mx
Lic. Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx

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2025-11-03T12:25:48+00:00