//Circular 31/DG/2025 INFORMACIÓN SOBRE LA PRÓXIMA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY SILLA

CIRCULARES A ASOCIADOS 2025


(31/DG/2025) INFORMACIÓN SOBRE LA PRÓXIMA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY SILLA

Circular No. 31/DG/2025

Contenido: INFORMACIÓN SOBRE LA PRÓXIMA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY SILLA

Anexo: Publicación del DOF

Estimados Asociados:

Derivado de la modificación de la Ley Federal del Trabajo, conocida coloquialmente como “Ley Silla” y que está próxima a entrar en vigor, es importante considerar lo siguiente:

Entrada en vigor y plazos

  • La Ley Sillafue publicada el 19 de diciembre de 2024.
  • Entra en vigor el 17 de junio de 2025.
  • Las empresas tendrán hasta el 12 de diciembre de 2025para aplicar los cambios necesarios.

Principales Obligaciones

  • Proveer sillas con respaldoa trabajadores que laboran de pie por periodos prolongados.
  • Permitir descansos regularesdurante la jornada laboral.
  • Incluir estas disposiciones en el reglamento interno de trabajo.

Sanciones por incumplimiento

  • Multas de 250 a 2,500 UMA(aprox. entre $16,000 y $164,000 MXN).
  • Posibles suspensiones temporalesde actividades en caso de reincidencia.

Recomendaciones prácticas

  • Evaluar puestos y áreas donde se trabaja de pie.
  • Proporcionar descansos de 5 a 10 minutos cada 1-2 horascontinuas de trabajo de pie.
  • Incorporar estas prácticas en el reglamento y capacitar al personal.
  • Documentar los ajustes realizados.

 

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142 y 143, o directamente con:

Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx

Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx

Lic.Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx

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2025-06-10T15:25:32+00:00