CIRCULARES A ASOCIADOS 2025
(31/DG/2025) INFORMACIÓN SOBRE LA PRÓXIMA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY SILLA
Circular No. 31/DG/2025
Contenido: INFORMACIÓN SOBRE LA PRÓXIMA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY SILLA
Anexo: Publicación del DOF
Estimados Asociados:
Derivado de la modificación de la Ley Federal del Trabajo, conocida coloquialmente como “Ley Silla” y que está próxima a entrar en vigor, es importante considerar lo siguiente:
Entrada en vigor y plazos
- La Ley Sillafue publicada el 19 de diciembre de 2024.
- Entra en vigor el 17 de junio de 2025.
- Las empresas tendrán hasta el 12 de diciembre de 2025para aplicar los cambios necesarios.
Principales Obligaciones
- Proveer sillas con respaldoa trabajadores que laboran de pie por periodos prolongados.
- Permitir descansos regularesdurante la jornada laboral.
- Incluir estas disposiciones en el reglamento interno de trabajo.
Sanciones por incumplimiento
- Multas de 250 a 2,500 UMA(aprox. entre $16,000 y $164,000 MXN).
- Posibles suspensiones temporalesde actividades en caso de reincidencia.
Recomendaciones prácticas
- Evaluar puestos y áreas donde se trabaja de pie.
- Proporcionar descansos de 5 a 10 minutos cada 1-2 horascontinuas de trabajo de pie.
- Incorporar estas prácticas en el reglamento y capacitar al personal.
- Documentar los ajustes realizados.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142 y 143, o directamente con:
Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx
Lic.Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx