//Circular 30/DG/2025 ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA REGULATORIA DE TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

CIRCULARES A ASOCIADOS 2025


(30/DG/2025) ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA REGULATORIA DE TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

Circular No. 30/DG/2025
Contenido: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN Y MEJORA REGULATORIA DE TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

Anexo: Publicación del DOF

Estimados Asociados:

Les informamos que el día de hoy 9 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 77/2025, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), por el cual se establecen acciones de simplificación y mejora regulatoria en trámites relacionados con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).

Principales medidas del Acuerdo:

1. Fusión de trámites para facilitar su gestión

Se integran trámites duplicados en procesos más simples, sin alterar sus medios electrónicos ni el requisito de e.firma.

Trámite unificado:

Presentación de Avisos e Informes por Actividades Vulnerables (SHCP-05-002)

Modalidad A: Informe sin operaciones
Modalidad B: Aviso por la realización de actividad vulnerable
Modalidad C: Aviso de 24 horas

Alta, registro y actualización de quienes realizan Actividades Vulnerables (SHCP-05-006)

Modalidad A: Alta y registro
Modalidad B: Actualización de datos

2. Reducción de plazos de respuesta

3. Eliminación de requisitos

Ya no será necesario presentar escritos libres para los siguientes trámites:

En su lugar, se deberá utilizar un Formato Único oficial, que estará disponible próximamente en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios en (https://www.gob.mx).

4. Entrada en vigor

El acuerdo entrará en vigor el 22 de julio de 2025 (30 días hábiles después de su publicación en el DOF). Los trámites que se encuentren en curso antes de esa fecha seguirán rigiéndose bajo las reglas anteriores.

Recomendaciones:

1. Asegurarse de contar con la e.firma vigente.
2. Consultar y familiarizarse con los nuevos formatos oficiales.
3. Fortalecer los mecanismos internos de cumplimiento normativo.

El incumplimiento en la presentación de avisos puede generar sanciones que van desde 200 hasta 2 000 UMA, conforme al artículo 53 y 54 de la LFPIORPI.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142 y 143, o directamente con:

Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx
Lic.Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx

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2025-06-09T11:22:09+00:00