//Circular 24/DGA/2020 RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL EN SU SEXTA VERSIÓN ANTICIPADA

CIRCULARES A ASOCIADOS 2020


(24/DGA/2020) RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL EN SU SEXTA VERSIÓN ANTICIPADA

Circular No. 24/DGA/2020
Contenido: RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL EN SU SEXTA VERSIÓN ANTICIPADA

Anexos:  1ªRMRMF y DOF

Estimados Asociados:

Por medio de la presente, es preciso informarles que el día de ayer salió publicada en el porta del SAT, la Resolución Miscelánea Fiscal en su sexta versión anticipada, de la cual es relevante destacar la regla 13.3 que hace referencia a la suspensión de plazos y términos.

Asimismo, es importante tener en cuenta que el presente documento se da a conocer en la página de Internet del SAT, en términos de la regla 1.8 que refiere:

Requisitos de los trámites

“1.8. Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, se dan a conocer en el Anexo 1-A, las fichas de trámites fiscales. Dichas fichas de trámite, salvo señalamiento expreso, no eximen del cumplimiento de los requisitos señalados en las disposiciones fiscales aplicables. Cuando en el Portal del SAT o en la página de Internet de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dicho Portal y página para el trámite que corresponda. Asimismo, el SAT dará a conocer en su Portal de forma anticipada y únicamente con fines informativos, reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Los beneficios contenidos en dichas reglas, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos”

Finalmente, se anexan a la presente circular las referidas publicaciones.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, 141 o directamente con:

Lic. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata jmatam@amda.mx

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2020-05-05T13:44:57+00:00