CIRCULARES A ASOCIADOS 2026
(17/DG/2026) HOLOGRAMAS APLICABLES A VEHÍCULOS HÍBRIDOS Y MILD-HYBRID
Circular No. 17/DG/2026
Contenido: HOLOGRAMAS APLICABLES A VEHÍCULOS HÍBRIDOS Y MILD-HYBRID
Anexos: PVVO Edo. Mex y PVVO CDMX
Estimados Asociados:
Derivado de que han surgido diversas dudas referentes a la regulación ambiental aplicable a los vehículos híbridos y mild-hybrid, nos permitimos precisar lo siguiente:
El Programa de Verificación Vehicular Obligatoria (PVVO) es aplicable en la Ciudad de México y Estado de México y su regulación depende de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Secretarias) respectivamente, tal como se acredita en las publicaciones de las Gacetas Oficiales adjuntas a la presente circular.
A partir del PVVO del primer semestre de 2020 se estableció una categorización de vehículos híbridos conforme a su nivel de electrificación, quedando los vehículos mild-hybrid, MHEV (vehículo en el cual el motor de combustión interna siempre participa en el proceso de propulsión) fuera de la posibilidad de obtener holograma Exento.
Cabe precisar que los hologramas se asigna a partir de las emisiones de los vehículos, y de acuerdo a la información que las mismas plantas entregan a las Secretarías se estableció la posibilidad de tener holograma 0 o bien, 00 especificando las veces en que puede ser posible extender este beneficio.
A diferencia de esto, las placas ecológicas o ambientales son entregadas por la Secretaría de Movilidad bajo el criterio binario de eléctrico e híbrido vs combustión interna y según el PVVO vigente, el holograma exento se expedirá por 6 años con posibilidad de una extensión de otros 6 años (sin que esto altere a los que ya cuentan con holograma por 8 años) y que los vehículos nuevos obtendrán holograma 00 que podrá obtenerse hasta por 3 ocasiones (según las características y condiciones de mantenimiento del vehículo), por lo que es importante considerar que la emisión de las placas y de los hologramas son trámites distintos, y emitidos por diferentes autoridades, por lo que la emisión de uno, no garantiza que se emita la otra.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos
55 36 88 36 50 ext. 140 y 127, o directamente con:
Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Erika Ruiz Sotelo eruizs@amda.mx
