//Circular 14/DG/2024 DECLARACIÓN MENSUAL PRELLENADA DEL IVA

CIRCULARES A ASOCIADOS 2024


(14/DG/2024) DECLARACIÓN MENSUAL PRELLENADA DEL IVA

Circular No. 14/DG/2024
Contenido: DECLARACIÓN MENSUAL PRELLENADA DEL IVA

Estimados Asociados:

Para este mes de febrero la declaración del pago provisional del IVA del mes de enero de 2024, da un paso adelante con los datos precargados del IVA acreditable.

Las autoridades fiscales han indicado que lo ven como una etapa más en sus trabajos de sistematización (que incluyen las declaraciones prellenadas) y están conscientes que, al principio y quizás todo este año, van a estar surgiendo muchísimas diferencias entre los datos prellenados y los de los contribuyentes.

Al respecto están permitiendo que la declaración prellenada se pueda modificar manualmente.

Sugerimos a nuestros asociados considerar lo siguiente:

  • El SAT está atento a corregir su sistema. Saben que los datos prellenados son un gran paso, pero están conscientes de las diferencias que se van a generar.
  • Al respecto han manifestado que estas diferencias no deben ser objeto de requerimiento fiscales (AMDA no puede asegurar que así sea, pero si considera que el SAT está consciente de los errores iniciales de la aplicación).
  • Ver en forma anticipada los datos de la declaración prellenada del IVA, evitar hacerlo el último día.
  • Buscar conciliar, igual que se debe hacer con los ingresos, la información del prellenado con la de los CFDI que recibimos, distinguiendo los CFDI con clave PUE y los complementos de pago
  • Tener a la mano el análisis de diferencias entre la declaración prellenada, los CFDI que controlamos y los datos de la contabilidad para poder dar respuesta rápida a cualquier carta invitación.
  • Hacer uso de la opción de captura manual cuando así lo requieran.

Entre las diferencias que el SAT ya conoce (y que están corrigiendo) hay algunas tan importantes como el considerar el complemento de pago en función a la fecha de expedición y no la de pago, y el manejo de las operaciones en moneda extranjera, entre otros.

Les pedimos a los asociados que nos mantengan informados de las diferencias que vayan detectando para que a su vez AMDA las reporte al SAT.

La conciliación de los CFDI de nuestros proveedores nos va a permitir conocer cómo nos está viendo el SAT.

En caso de controversia con el proveedor, nos permitimos recordarles que la regla 2.7.1.45 permite conciliar nuestras diferencias con nuestros clientes y nuestros proveedores a través del SAT y su portal.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, o directamente con:

Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx

Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx

Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx

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2024-02-15T10:55:14+00:00