//Circular 53/DG/2025 ACUERDO por el que se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor para el año dos mil veintiséis.

CIRCULARES A ASOCIADOS 2025


(53/DG/2025) ACUERDO por el que se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor para el año dos mil veintiséis.

Circular No. 53/DG/2025
Contenido: ACUERDO por el que se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor para el año dos mil veintiséis.

Anexo: Publicación del DOF

Estimados Asociados:

El día de hoy fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor para el año 2026, emitido por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).

Dicho Acuerdo tiene como finalidad dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 129 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), el cual establece la obligación de actualizar anualmente, con base en la inflación, los montos previstos en diversos artículos de dicha Ley.

Las actualizaciones serán aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.

A continuación, se detallan los montos actualizados:

PRIMERO.- El monto señalado en el artículo 99, segundo párrafo y en el artículo 117, segundo párrafo, en relación con el artículo 2, fracción I, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en la cantidad de $760,889.82.

SEGUNDO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 25, fracción I de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $380.44 y un máximo de $38,044.47.

TERCERO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 25, fracción IV de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en la cantidad de $15,217.79.

CUARTO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 126 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $380.44 y un máximo de $1,217,423.72.

QUINTO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $760.89 y un máximo de $2,434,847.42.

SEXTO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $1,093.02 y un máximo de $4,274,960.73.

SÉPTIMO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 128 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $228,266.96 y un máximo de $6,391,474.56.

OCTAVO.- El monto de la multa prevista en el artículo 133 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, no deberá rebasar la cantidad de $12,782,949.06, cuando por un mismo hecho u omisión se cometan varias infracciones a las que esa ley imponga una sanción.

Para efectos del pago de las multas actualizadas, las cantidades que incluyan fracciones de peso se ajustarán conforme a lo siguiente:

De $0.01 a $0.50, a la unidad inmediata inferior.

De $0.51 a $0.99, a la unidad inmediata superior.

El presente Acuerdo entra en vigor el 1 de enero de 2026, de conformidad con su artículo transitorio único.

Se recomienda  considerar estas actualizaciones para efectos de cumplimiento normativo en materia de protección al consumidor.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, o directamente con:

Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx

Lic. Mariana Ordoñez Aparicio mordoneza@amda.mx

Lic. Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx

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2025-12-23T11:21:55+00:00