///(40/DGA/2015) OBSERVANCIA DEL DECRETO POR EL QUE SE PROHIBE EL USO DE COLOR VERDE OLIVO EN LOS VEHÍCULOS TERRESTRES DE USO PARTICULAR

CIRCULARES A ASOCIADOS 2015


(40/DGA/2015) OBSERVANCIA DEL DECRETO POR EL QUE SE PROHIBE EL USO DE COLOR VERDE OLIVO EN LOS VEHÍCULOS TERRESTRES DE USO PARTICULAR

Circular No. 40/DGA/2015
Contenido: OBSERVANCIA DEL DECRETO POR EL QUE SE PROHIBE EL USO DE COLOR VERDE OLIVO EN LOS VEHÍCULOS TERRESTRES DE USO PARTICULAR.

Anexo: DECRETO

Estimado Asociado:

Por medio de la presente, nos permitimos recordarles que con fundamento en el Decreto emitido por la Secretaría de la Defensa Nacional, el 14 de diciembre de 1963, (anexo) queda reservado para uso exclusivo del Ejército y Fuerza Aérea, el color Verde Olivo en los vehículos, asimismo, se impondrá pena privativa de libertad de acuerdo a lo establecido por el artículo el 250 Bis 1 Fracción IV, del Código Penal Federal y multa a quien utilice dicho color.

Lo anterior debido a que nos ha sido notificado el uso reiterado del referido color en vehículos particulares, ajenos a las fuerzas armadas, por lo que nos permitimos hacer un llamado a tomar las medidas pertinentes a efecto de no comercializar vehículos con dichas características, o bien a no utilizar el color verde olivo en sus talleres de hojalatería y pintura.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, o directamente con:

Lic. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx

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2018-02-22T12:30:38+00:00