///23/DGA/2019 Condonación de adeudos fiscales por el Gobierno de la CDMX

CIRCULARES A ASOCIADOS 2019


(23/DGA/2019) Condonación de adeudos fiscales por el Gobierno de la CDMX

30 de Abril de 2019

Circular No. 23/DGA/2019

Contenido: Condonación de adeudos fiscales por el Gobierno de la CDMX

GACETA

A nuestros Asociados con domicilio fiscal en la Ciudad de México:

El pasado 15 de abril de 2019, salió publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL MEDIANTE LA CUAL SE CONDONAN LOS ADEUDOS, MULTAS FISCALES, RECARGOS Y GASTOS DE EJECUCIÓN ORDINARIOS DE CONTRIBUCIONES Y SE BRINDAN LAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS, importante documento que tiene por objeto apoyar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

La resolución condona el 100% del pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios de aquellos adeudos exigibles a la fecha de aplicación de la misma, pagando únicamente el crédito principal de la contribución omitida más su actualización.

Los conceptos que se incluyen en las facilidades son:
• Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles
• Impuesto Predial,
• Impuesto sobre Espectáculos Públicos
• Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos
• Impuesto sobre Nóminas
• Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
• Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje
• Derechos por el Suministro de Agua
• Derechos de Descarga a la Red de Drenaje
• Derechos de Control Vehicular (refrendo) y
• Multas por Infracciones a las Disposiciones Fiscales distintas a las obligaciones de pago.

EI plazo para regularizar los adeudos fiscales y obtener los beneficios previstos en esta Resolución, comprende desde el 15 de abril del 2019 y hasta el 31 de julio del mismo año.
Para poder obtener los beneficios se enumeran requisitos sencillos y se indica donde debe tramitarse la condonación para cada uno de los distintos impuestos.

A manera de ejemplo citamos los siguientes:
• Impuesto Predial e Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.- Se debe obtener una línea de captura en el portal www.finanzas.cdmx.gob.mx y pagar a través de las oficinas auxiliares autorizadas por la Secretaría de Administración y Finanzas.
• Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles.- Se aplicará a través del sistema cerrado de Notarios o en cualquiera de las oficinas de Administración Tributaria.
• Impuesto sobre Nóminas.- Los contribuyentes deberán presentar su declaración y obtener su formato para pago a través del Sistema de Administración de Contribuciones en la dirección electrónica https://innovacion.finanzas.cdmx.gob.mx/siscon/.
• Derechos por el Suministro de Agua y Derechos de Descarga a la Red de Drenaje.- Podrán acudir a las oficinas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México u obtener una línea de captura en el portal sacmex.cdmx.gob.mx (únicamente para el caso de Derechos por el Suministro de Agua).

El documento permite que puedan acceder a las facilidades, cumpliendo los requisitos adicionales que se señalan en el mismo, los siguientes adeudos:

• Adeudos respecto de los cuales se haya emitido requerimiento de obligaciones por determinación del crédito por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.
• Adeudos que derivan del ejercicio de las facultades de comprobación, determinación, control de obligaciones y cobro coactivo por parte de la Subtesorería de Fiscalización.
• Adeudos derivados de la presentación del dictamen de contribuciones locales.
• Adeudos que deriven del requerimiento de obligaciones omitidas del Impuesto Predial por parte de la Subtesorería de Fiscalización.
• Adeudos sobre los cuales los contribuyentes hayan interpuesto algún medio de defensa, siempre que previamente se desistan de dichos medios de defensa.

Para efectos de acceder a la condonación, se deberá pagar el monto total de la suerte principal más la actualización que corresponda a los ejercicios que adeude, mismo que deberá ser cubierto, en forma espontánea, durante la vigencia de la Resolución.

La autoridad fiscal queda en aptitud de hacer efectivos en su totalidad los créditos que no se cubran.

Se va a permitir pagar las contribuciones señaladas con tarjeta de crédito, bajo la modalidad de pago a meses. En este caso se deberá cubrir un cargo adicional a razón del 8% sobre la contribución actualizada.

Los contribuyentes que se adhieran a esta Resolución o se encuentren al corriente respecto a las contribuciones previstas en la misma les serán condonados adicionalmente los adeudos anteriores al ejercicio fiscal 2014 de las referidas contribuciones, así como las actualizaciones, recargos, multas y gastos de ejecución ordinarios y extraordinarios correspondientes.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, o directamente con la Lic. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx

Anexo: RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL MEDIANTE LA CUAL SE CONDONAN LOS ADEUDOS, MULTAS FISCALES, RECARGOS Y GASTOS DE EJECUCIÓN ORDINARIOS DE CONTRIBUCIONES Y SE BRINDAN LAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS.

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2019-04-30T15:04:57+00:00