///(15/DGA/2016) CRITERIO SOBRE LA LEY ANTILAVADO DE DINERO RESPECTO A LA ACREDITACIÓN DE LA FORMA DE PAGO

CIRCULARES A ASOCIADOS 2016


(15/DGA/2016) CRITERIO SOBRE LA LEY ANTILAVADO DE DINERO RESPECTO A LA ACREDITACIÓN DE LA FORMA DE PAGO

Circular No. 15/DGA/2016
Contenido: CRITERIO SOBRE LA LEY ANTILAVADO DE DINERO RESPECTO A LA ACREDITACIÓN DE LA FORMA DE PAGO

Anexo: Criterio

Estimado Asociado:

Se les informa que el día de hoy, fue notificada a AMDA la respuesta por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera, respecto a la disyuntiva de como poder acreditar la forma de pago en las operaciones.

Derivado de lo anterior, la autoridad resolvió favorablemente, confirmando el criterio de AMDA, (anexo a la presente circular) en el sentido de que el contrato de adhesión que se emita en términos de la Normas Oficiales Mexicanas NOM-160-SCFI-2014 y NOM-122-SCFI-2010, o bien el contrato privado en el caso de vehículos pesados, cuando aplique, es el documento idóneo para acreditar la forma de pago, siempre que se anexen los comprobantes respectivos de pago, a fin de acreditar el instrumento monetario.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en la cuanta de correo pld@amda.mx

 

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2018-02-15T14:10:00+00:00