///(026/DESA/2013) CREACIÓN DEL SISTEMA PARA DECLARAR LA CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD

CIRCULARES A ASOCIADOS 2013


(026/DESA/2013) Creación del Sistema para declarar la condiciones de seguridad y salud

CIRCULAR Nº 26/DESA/2013
FECHA : 05 DE JULIO DE 2013
CONTENIDO: CREACION DEL SISTEMA PARA DECLARAR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD QUE PREVALECEN EN LOS CENTROS DE TRABAJO

Anexos: Publicaciones en el D.O.F., Acuerdo de Creación y Lineamientos

Estimados asociados:

Como les informamos oportunamente en nuestro boletín número 289 del pasado mes de mayo, el 30 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA PARA DECLARAR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD QUE PREVALECEN EN LOS CENTROS DE TRABAJO” a través del cual se establece el Sistema para que los patrones, bajo protesta de decir verdad y conforme a lo establecido en los Lineamientos de operación y funcionamiento del Sistema, declaren on-line ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social las condiciones de seguridad y salud que prevalecen en sus centros de trabajo.

En dicho comunicado se indicó asimismo que con la implementación de este sistema, se podría informar a través de la página de Internet http://www.stps.gob.mx el grado de cumplimiento de las disposiciones aplicables en materia de seguridad y salud, tomando como referencia la actividad económica y los factores de riesgo relacionados con los procesos y características del centro de trabajo, lo que se traducirá en una presunción de cumplimiento que sería verificada mediante visita de inspección; así como también que para la operación y funcionamiento del sistema, la Secretaría expediría los lineamientos correspondientes dentro de los 60 días naturales posteriores a la entrada en vigor del Acuerdo, lineamientos que salieron publicados el día tres del mes en curso en el Diario Oficial de la Federación y entre cuyos aspectos más relevantes son de señalarse los siguientes:

  • Tiene como propósitos: promover el cumplimiento de la normatividad laboral a través de la autoevaluación y la determinación del grado de cumplimiento en el que se encuentran a fin de incorporarse a un esquema de asesoría; establecer un compromiso para el cumplimiento voluntario de la normatividad en seguridad y salud en el trabajo; impulsar la mejora continua en la prevención de los accidentes y enfermedades de trabajo, y establecer un programa de trabajo que determine el seguimiento de las acciones que auxilien a consolidar controles de los diferentes factores de riesgo con la opción de poder incorporarse al Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST).
  • Se puede incorporar al mismo cualquier clase centro de trabajo.
  • Se compone de tres módulos:
    • El asistente para la identificación de Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el trabajo (ASNOM), el cual permite conocer cuáles de estas disposiciones resultan aplicables;
    • El módulo para la evaluación del cumplimiento de las normas (EVANOM) mediante el cual las agencias distribuidoras podrán realizar una revisión sobre la observancia de estas normas; y
    • El relativo a la determinación del grado de cumplimiento, el cual calificará los requerimientos a cubrir por el centro de trabajo;
  • Con base en la declaración y la clasificación del grado de riesgo conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, se determina el porcentaje de cumplimiento y con ello las actividades a desarrollar para el debido cumplimiento de las normas que le son aplicables.
  • Se proporciona asistencia técnica y asesoría de manera gratuita.Los centros de trabajo que obtengan un resultado global de cumplimiento igual o mayor al 80 por ciento de las Normas que les resulten aplicables, podrán optar por obtener el Primer Nivel del Reconocimiento de “Empresa Segura”, en el marco del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST).

Por lo anterior, les hacemos una atenta invitación para que conozcan el Acuerdo y sus Lineamientos y puedan evaluar la conveniencia de incorporarse al Sistema para Declarar las Condiciones de Seguridad y Salud del Centro de Trabajo (para lo cual nos permitimos sugerir que participen las áreas de administración y de servicios), que implica beneficios y obligaciones muy importantes.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en el teléfono 36 88 36 50 ext. 127, o directamente con el Lic. Ángel Silva Rojas

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.

Atentamente

Lic. Fernando Lascurain Farell
Director Ejecutivo de Servicios al Asociado

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