//Circular 18/DGA/2020 TERCER ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN ACCIONES EXTRAORDINARIAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO PARA ATENDER LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.

CIRCULARES A ASOCIADOS 2020


(18/DGA/2020) TERCER ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN ACCIONES EXTRAORDINARIAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO PARA ATENDER LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.

2 de Abril de 2020

Circular No. 18/DGA/2020

Contenido: TERCER ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN ACCIONES EXTRAORDINARIAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO PARA ATENDER LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.

Anexo: Publicación de la Gaceta Oficial de la CDMX

Estimados Asociados:

Derivado de la publicación del dia de ayer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con relación al TERCER ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN ACCIONES EXTRAORDINARIAS EN LA CIUDAD DE  MÉXICO PARA ATENDER LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR EN CONCORDANCIA CON EL ACUERDO DEL CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL DEL GOBIERNO FEDERAL, CON EL PROPÓSITO DE EVITAR EL CONTAGIO Y PROPAGACIÓN DEL COVID– 19, nos permitimos manifestar lo siguiente:

Se establecen como acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS- CoV2, que los sectores público, social y privado, de la Ciudad de México deberán implementar las siguientes medidas:

  1. Solamente podrán continuar en funcionamiento las siguientes actividades, consideradas esenciales: c) Las de los sectores fundamentales de la economía: (…); reparaciones mecánicas; (…)así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación;

Según lo dispuesto anteriormente, hacemos de su conocimiento que las áreas de ventas de nuevos y seminuevos no fueron previstas como actividades esenciales, por lo que se deberá proceder a su cierre inmediato.

La disposición también estipula en su artículo TERCERO y CUARTO que se instruirá al Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) para que a partir del 2 de abril y hasta el 30 del mismo mes del presente año, realice las acciones pertinentes para garantizar su cumplimiento, y; de lo contrario, el INVEA y las Alcaldías les apercibirán para que cumplan con lo establecido, por lo que se esperan visitas a las instalaciones para garantizar su cumplimiento, y en caso de no cumplir con lo establecido, las consecuencias jurídicas correspondientes.

No omitimos en recordar que nos encontramos en una emergencia sanitaria por lo que es fundamental reforzar en todo momento los protocolos  establecidos por la autoridad para tal efecto.

Les invitamos a estar pendientes de futuros comunicados.

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2020-04-02T14:41:22+00:00